viernes, 8 de abril de 2011

RESUMEN DEL ART. 14

Este es el resumen del art. 14 de la LISR




RESUMEN ART. 14 LISR
El primer párrafo del artículo 14 de la LISR señala que los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago. Establece como concepto que el pago provisional es un anticipo a cuenta del impuesto anual.
El artículo 14 de la LISR señala que los pagos provisionales se deben de calcular con un coeficiente de utilidad. En el caso de personas morales, la LISR señala que se deberá de calcular un coeficiente de utilidad. El coeficiente de utilidad es un factor calculado con los ingresos y las utilidades fiscales del ejercicio anterior.
I.- Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, se adicionará la utilidad fiscal o reducirá la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente. El resultado se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio.
Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 110 de LISR, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal, según corresponda, el monto de los anticipos y rendimientos que, en su caso, hubieran distribuido a sus miembros en los términos de la fracción mencionada, en el ejercicio por el que se calcule el coeficiente.

Ut. Fiscal del ejerc. Anterior + Ded. Inm. + Anticipos a Socios
Coeficiente de Utilidad = Ingresos nominales del ejercicio inmediato anterior

El coeficiente de utilidad se deberá expresar hasta el diezmilésimo, es decir, con cuatro decimales.
Al final la formula quedara como a continuación se grafica:


• Concepto
Ingresos nominales
(x) Coeficiente de Utilidad
(=) Utilidad Fiscal Base
(-) Pérdidas Fiscales Actualizadas
(=) Resultado Fiscal Base
(x) Tasa del artículo 10 de la LISR
(=) ISR acumulado
(-) Pagos Provisionales Acumulados
(=) Monto del Pago Provisional